La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) ha emitido dos nuevas Normas de Emergencia que transformarán las operaciones de transporte y distribución de Gas LP en México. Estas regulaciones buscan fortalecer la seguridad industrial y operativa para reducir riesgos a la población y al medio ambiente.

Nueva Normativa Emitida

Se han publicado dos Normas de Emergencia que entran en vigor de manera inmediata:

NOM-EM-006-ASEA-2025 Transporte de Gas Licuado de Petróleo
NOM-EM-007-ASEA-2025 Distribución de Gas Licuado de Petróleo

Objetivo Principal

Fortalecer la seguridad industrial y operativa en las actividades de transporte y distribución de Gas LP para reducir riesgos a la población y al medio ambiente.

Fortalecimiento de Obligaciones

Las nuevas normas refuerzan significativamente las obligaciones existentes en cuatro áreas clave. A continuación, detallamos los cambios más importantes:

1. Programa de Mantenimiento Vehicular

Mantenimiento Vehicular
Norma Vigente (NOM-007-SESH-2010) Nuevas Normas (NOM-EM-006 y 007-ASEA-2025)
Se debe contar con un programa de mantenimiento. No obliga a demostrar su cumplimiento. Se obliga a presentar el dictamen de cumplimiento del programa anual de mantenimiento ante la ASEA.

Cumplimiento: Anual

2. Pruebas a Recipientes y Elementos de Seguridad

Prueba Hidrostática
Norma Vigente (NOM-007-SESH-2010) Nuevas Normas (NOM-EM-006 y 007-ASEA-2025)
Realizar inspecciones visuales externas y prueba de fugas. Sólo en caso de daños en los recipientes, obligación de presentar prueba de presión hidrostática. Obligación de acreditar la realización de inspecciones visuales internas y prueba periódica de presión hidrostática.

Cumplimiento: Permanente

3. Certificación de Conductores

Certificación de Conductores
Norma Vigente (NOM-007-SESH-2010) Nuevas Normas (NOM-EM-006 y 007-ASEA-2025)
Se establece la obligación de contar con programas internos de capacitación. Se debe acreditar la capacitación teórico-práctica a los conductores a través de un Estándar de competencia específico para el transporte y distribución del Gas LP, avalado por CONOCER.

Cumplimiento: Permanente

4. Control de Velocidad y Sistema GPS

Sistema GPS
Norma Vigente (NOM-007-SESH-2010) Nuevas Normas (NOM-EM-006 y 007-ASEA-2025)
No considera ninguna obligación respecto a aditamentos para regular la velocidad y contar con GPS. Se obliga a contar con aditamentos de control de velocidad y transmisión de la información del GPS conforme a la regulación de la CNE.

Cumplimiento: Permanente

Plazos de Implementación

Fechas Límite Importantes

Ambas Normas, la NOM-EM-006-ASEA-2025 de Transporte y la NOM-EM-007-ASEA-2025 de Distribución, serán obligatorias para todas las unidades de transporte y distribución de gas LP:

  • Unidades de Transporte: 4 meses a partir de la entrada en vigor
  • Unidades de Distribución (capacidad mayor a 5,000 lt y antigüedad ≥ 10 años): 4 meses
  • Resto de unidades de Distribución: 6 meses

Programa de Inspecciones Conjuntas

La SICT, CNE y ASEA realizarán inspecciones conjuntas en Plantas de Distribución con criterios homologados para dar certeza del estado de los componentes de seguridad. Estas inspecciones verificarán:

  • Condiciones físico-mecánicas de las unidades
  • Condiciones y elementos de seguridad del recipiente de transporte
  • Vigencia de los permisos de operación
  • Registro del padrón vehicular
  • Evidencia de cumplimiento de obligaciones de NOMs aplicables

Conclusión

Cambio de Paradigma

Con la nueva normatividad se reconoce que la velocidad, condiciones de conducción y estado de funcionamiento de las unidades en las actividades de transporte y distribución de Gas L.P., no sólo son materia de tránsito, sino esencialmente de seguridad industrial y operativa.

¿Qué deben hacer las empresas?

Las empresas de transporte y distribución de Gas LP deben:

  1. Evaluar su situación actual respecto a los nuevos requisitos
  2. Identificar las brechas entre su operación actual y las nuevas obligaciones
  3. Desarrollar un plan de acción para alcanzar el cumplimiento en los plazos establecidos
  4. Gestionar la certificación de conductores ante CONOCER
  5. Implementar sistemas de control de velocidad y GPS conforme a CNE
  6. Establecer programas de inspección y mantenimiento documentados
  7. Prepararse para las inspecciones conjuntas de SICT, CNE y ASEA

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